JurídicoESEN
Order (Auto)March 6, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Consejo Comunitario Bajo Guapi Del Municipio De Guapi Cauca·Respondent --

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Se rechaza por no cumplir con el presupuesto formal de carga argumentativa suficiente
  • Presupuestos formales y materiales de procedencia
1 topic · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Solicitud de nulidad de la Sentencia T-470/24.

La anterior petición fue formulada por el apoderado de la comunidad accionante, quien cuestionó el análisis probatorio realizado por la Sala y la exigencia de la acreditación de la afectación directa.

Así mismo, la ocurrencia de un defecto fáctico, la falta de integración del contradictorio, la ausencia de revisión del fallo de segunda instancia y la discriminación estructural de las comunidades negras.

De otra parte, el profesional requirió a la Sala Plena decretar su suspensión de los efectos de la providencia, en atención a los principios ambientales de precaución y prevención.

Constató la Corte que la presente petición no cumplió con la exigencia de la carga argumentativa y que todos los planteamientos estaban dirigidos a reabrir el debate inherente a la tutela, además de evidenciar la discrepancia o inconformidad con la valoración probatorio, los criterios hermenéuticos y jurídicos empleados por la Corte para expedir el fallo censurado, sin dar cuenta, mínimamente, de la manera cómo se produjo una afectación ostensible, probada, significativa y trascendental del derecho fundamental al debido proceso de la parte accionante.

Con base en lo anterior se RECHAZARON las solicitudes de nulidad y suspensión deprecadas.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por el Consejo Comunitario de Guapi Abajo, a través de apoderado judicial, contra la Sentencia T-470 de 2024, por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR la solicitud de suspensión de los efectos de la Sentencia T-470 de 2024, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. TERCERO. RECHAZAR la solicitud de realización de audiencia, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente decisión a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
DissentDiana Constanza Fajardo RiveraDissentNatalia Ángel Cabo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.